Instrucciones para los Evaluadores

Instrucciones para los Evaluadores

Quipu Revista Científica UPTAEB es arbitrada por el sistema doble ciego, por consiguiente los artículos que se publican deben ser sometidos a la evaluación de personas especializadas en el tema objeto de cada artículo. La evaluación de los artículos se realiza en dos fases: una primera en la que se recibe el artículo sobre la base del cumplimiento de las normas de publicación; en esta primera fase, el Consejo Editorial o el editor evaluará si el artículo cumple con las normas básicas requeridas por la Revista. Una segunda fase, en la que, una vez que se recibe el artículo por cumplir los requisitos se somete al arbitraje externo por el sistema de doble ciego. Esta evaluación permitirá conocer si se autoriza la publicación con cambios de formas o si se niega la misma por no guardar pertinencia científica o calidad de redacción.

1. Los artículos deben ser evaluados bajo un criterio de cientificidad, tratando en la medida de lo posible de ser constructivo, sin rechazos a priori o sin argumentación sólida.

2. Toda objeción, comentario o crítica debe ser formulada claramente y por escrito. Debe evitarse el uso de signos poco explicativos sobre el contenido de la crítica o comentario (rayas, interrogaciones, admiraciones, entre otros).

3. Los árbitros deben incluir dentro de su evaluación la ortografía y la redacción, como aportes para mejorar la calidad del artículo.

4. La decisión del árbitro debe ser sustentada con los argumentos respectivos y plasmada en los espacios destinados para tal fin en la planilla de evaluación que se entrega con el correspondiente artículo a evaluar.

5. Los árbitros deben entregar el artículo evaluado a la coordinación de la revista en un lapso no mayor de quince días consecutivos, a partir de la recepción del mismo. Existen tres tipos de dictámenes que pueden resultar del arbitraje:

a) Ser publicado sin modificación alguna.
b) Ser publicado si se efectúan las modificaciones indicadas por los árbitros;
c) Ser modificado sustancialmente y sometido a arbitraje.

6. El resultado será comunicado al autor en un periodo inferior a tres (3) meses, a partir de la recepción del trabajo. Las observaciones y sugerencias por parte de los árbitros deben ser tomadas en cuenta por el autor(a) quien enviara nueva versión con los ajustes correspondientes al Consejo editorial. Se adjuntará el dictamen, y se le informará de los plazos para el reenvío de la nueva versión, según la norma siguiente:
 Trabajos rechazados, sin plazo definido
 Trabajos aceptados sujetos a modificaciones mayores: 60 días
 Trabajos aceptados sujetos a modificaciones menores: 30 días
 Trabajos aceptados sujetos a corrección de estilo (enviar el trabajo antes de 15 días si no lo ha hecho aún).

7- Si el o los autores no responden dentro del mes siguiente al dictamen comunicado por el Comité Editorial, se informará vía correo electrónico y el trabajo presentado debe iniciar un nuevo proceso de arbitraje.

8- El Consejo Editorial no discute con el o los autores las recomendaciones de los árbitros.

9- La recepción de artículos y/o colaboraciones no implica compromiso y obligación alguna de su divulgación. El Comité Editorial es el encargado de seleccionar estos para su publicación.

10- La decisión final de publicar corresponde al Comité Editorial. La decisión de los árbitros y el Comité Editorial es inapelable.

11- La evaluación de los manuscritos para ser publicados por parte del Comité Editorial y los árbitros deberá atender a los siguientes estándares de calidad: Pertinencia, Originalidad, Aportes, Significancia e Impacto, Ética, Rigurosidad Científica y Académica.



El Consejo Editorial se reserva el derecho sobre la publicación de los artículos y el número en el cual se publicarán; una vez que el autor haya realizado los ajustes y cumpla cabalmente con los requisitos.