Instrucciones
para los Evaluadores
Quipu Revista
Científica UPTAEB es arbitrada por el sistema doble ciego, por consiguiente
los artículos que se publican deben ser sometidos a la evaluación de personas
especializadas en el tema objeto de cada artículo. La evaluación de los
artículos se realiza en dos fases: una primera en la que se recibe el artículo
sobre la base del cumplimiento de las normas de publicación; en esta primera
fase, el Consejo Editorial o el editor evaluará si el artículo cumple con las
normas básicas requeridas por la Revista. Una segunda fase, en la que, una vez
que se recibe el artículo por cumplir los requisitos se somete al arbitraje
externo por el sistema de doble ciego. Esta evaluación permitirá conocer si se
autoriza la publicación con cambios de formas o si se niega la misma por no
guardar pertinencia científica o calidad de redacción.
1. Los artículos
deben ser evaluados bajo un criterio de cientificidad, tratando en la medida de
lo posible de ser constructivo, sin rechazos a priori o sin argumentación
sólida.
2. Toda objeción,
comentario o crítica debe ser formulada claramente y por escrito. Debe evitarse
el uso de signos poco explicativos sobre el contenido de la crítica o
comentario (rayas, interrogaciones, admiraciones, entre otros).
3. Los árbitros
deben incluir dentro de su evaluación la ortografía y la redacción, como
aportes para mejorar la calidad del artículo.
4. La
decisión del árbitro debe ser sustentada con los argumentos respectivos y
plasmada en los espacios destinados para tal fin en la planilla de evaluación
que se entrega con el correspondiente artículo a evaluar.
5. Los árbitros deben entregar el
artículo evaluado a la coordinación de la revista en un lapso no mayor de
quince días consecutivos, a partir de la recepción del mismo. Existen tres
tipos de dictámenes que pueden resultar del arbitraje:
a) Ser publicado sin modificación
alguna.
b) Ser publicado si se efectúan las
modificaciones indicadas por los árbitros;
c) Ser modificado sustancialmente y
sometido a arbitraje.
6. El resultado será comunicado al
autor en un periodo inferior a tres (3) meses, a partir de la recepción del
trabajo. Las observaciones y sugerencias por parte de los árbitros deben ser
tomadas en cuenta por el autor(a) quien enviara nueva versión con los ajustes
correspondientes al Consejo editorial. Se adjuntará el dictamen, y se le
informará de los plazos para el reenvío de la nueva versión, según la norma
siguiente:
Trabajos
rechazados, sin plazo definido
Trabajos
aceptados sujetos a modificaciones mayores: 60 días
Trabajos
aceptados sujetos a modificaciones menores: 30 días
Trabajos aceptados sujetos a
corrección de estilo (enviar el trabajo antes de 15 días si no lo ha hecho
aún).
7- Si el o los autores no responden
dentro del mes siguiente al dictamen comunicado por el Comité Editorial, se
informará vía correo electrónico y el trabajo presentado debe iniciar un nuevo
proceso de arbitraje.
8- El Consejo Editorial no discute
con el o los autores las recomendaciones de los árbitros.
9- La recepción de artículos y/o
colaboraciones no implica compromiso y obligación alguna de su divulgación. El
Comité Editorial es el encargado de seleccionar estos para su publicación.
10- La decisión final de publicar
corresponde al Comité Editorial. La decisión de los árbitros y el Comité
Editorial es inapelable.
11- La evaluación de los
manuscritos para ser publicados por parte del Comité Editorial y los árbitros
deberá atender a los siguientes estándares de calidad: Pertinencia,
Originalidad, Aportes, Significancia e Impacto, Ética, Rigurosidad Científica y
Académica.
El Consejo Editorial se
reserva el derecho sobre la publicación de los artículos y el número en el cual
se publicarán; una vez que el autor haya realizado los ajustes y cumpla
cabalmente con los requisitos.